Conceptos

Importante:

El mantenimiento de los conceptos requiere de un muy buen conocimiento "de lo que se trata" (legislación laboral, convenios laborales, e interpretaciones y criterios de la empresa) y de la codificación ideada por SAICO.
El agregado de nuevos Conceptos y la modificación de los existentes conlleva riesgos de error que es necesario descartar. El único procedimiento adecuado es que luego de hacer los agregados/cambios se hagan pruebas completas de liquidación y de todos los informes donde intervenga o afecte el Concepto agregado/modificado, y se compruebe que el resultado es el deseado. La idoneidad del usuario o técnico que intervenga en la codificación puede reducir la cantidad de errores, pero nunca conviene presumir de que no será necesario hacer las pruebas referidas. Al modificar Conceptos que ya fueron usados en liquidaciones confirmadas, tenga en cuenta que el cambio actua a partir de que se hace, y por lo tanto los datos ya confirmados podrían quedar contradictorios.

Al agregar nuevos Conceptos tome en cuenta que puede requerirse incluirlo en las siguientes opciones del programa:

  • Asientos
  • Acumuladores
  • Grupos de Aportes
  • Generador de informes
  • Planilla horizontal
  • Crédito social del BROU
  • Planilla de movimientos
  • Horarios de trabajo
  • SCARH

Código del Concepto: Es un código numérico único por Concepto. Es el código que debe indicarse al ingresar transacciones. Puede contener valores desde 1 a 9999.

Descripción: Es el nombre del Concepto. Este nombre aparece impreso en los recibos y planillas.

Movimientos con repeticiones: En la descripción del concepto podrá utilizar la palabra clave %R, la cual será sustituída por la cantidad de repeticiones que quedan para el movimiento. Por ejemplo: Si la descripción del concepto es: Prest. restan %R cuotas y en el movimiento se indicaron 3 repeticiones, al realizar la primera liquidación la descripción del concepto que se imprmirá será: Prest. restan 2 cuotas.

Nota: Puede resaltar la descripción de un concepto en Recibos o Planilla de liquidación, colocando al final de la descripción del concepto la palabra clave <b>. La impresión de Planillas de liquidación, recibos Papel blanco (gráfico 1 columna), Papel blanco (gráfico 2 columnas fuente MS Sans Serif), Papel blanco (gráfico 2 columnas fuente Tahoma) y Formulario 2418, imprimirán en negrita la línea cuyo concepto tenga esta palabra clave. Por ejemplo: Si la descripción del concepto es: Sueldo neto <b>, al realizar la impresión de la descripción del concepto será: Sueldo neto.

Inactivo: Indica si el concepto está inactivo. Los conceptos inactivos no pueden utilizarse al ingresar movimientos y no son mostrados en la ventana de búsqueda a menos que se de clic en Inactivos. De cualquier forma se incluyen en todos los demás procesos e informes.

Las pantallas de Agregar y Modificar se abren en 3 solapas.


SOLAPA 1

Tipo: Los tipos de concepto son 5:

  • Haber: Conceptos que se suman para obtener el líquido que el funcionario debe percibir. Ejemplos: sueldo, horas extras.
  • Descuento de Ley: Retenciones legales como Montepío,  FONASA, IRPF y FRL. Se restan para obtener el líquido que el funcionario debe percibir.
  • Descuento: Conceptos que se restan para obtener el líquido que el funcionario debe percibir. Ejemplos: ANDA, retención judicial.
  • Interno: Conceptos que no se suman ni se restan para obtener el líquido que el funcionario debe percibir, sino que se utilizan como base para el cálculo de otros conceptos. Ejemplos: fictos, deducción calculada al IRPF.
  • Costo patronal: Conceptos utilizados para el cálculo del costo patronal, que comprende:
    •  aportes patronales (Montepío patronal, FRL patronal, FONASA patronal) correspondientes a la remuneración liquidada.
    •  incidencias (salario vacacional, aguinaldo, BSE, complemento de cuota mutual, licencia) y aportes patronales correspondientes a las incidencias.

Para el cálculo de los aportes patronales correspondientes a la remuneración liquidada, este tipo de concepto se incluye en los grupos de aportes. Para el cálculo de las incidencias y sus correspondientes aportes patronales, este tipo de concepto se incluye en movimientos colectivos.
 
Los conceptos de costo patronal son excluidos automáticamente de los recibos, planillas de liquidación, asientos y otros informes de Gente. También son ignorados por el USAR=ACL en las fórmulas de cálculo de los conceptos.

La liquidación procesa los conceptos en el siguiente orden: Interno, Haber, Descuento de Ley, Descuento, Costo patronal.

Genera Aguinaldo: Lista desplegable con los siguientes valores:

  • No genera
  • Por lo Gravado
  • Por el Total

Deben marcarse los conceptos que se suman para el cálculo del Aguinaldo. Se prevé la opción "Por lo Gravado" para acumular sólo la parte gravada de los conceptos parcialmente gravados (por ejemplo los Viáticos).

Clase: La clase permite identificar algunos conceptos que reciben tratamiento particular en los procesos: Liquidación, Factura BPSCambio de seguro de salud y Resumen histórico. Las clases de conceptos que estos procesos necesitan identificar son:

  • Sueldo Mensual: Resumen histórico: define el concepto que se suma en una columna del informe.
  • Jornal: Resumen histórico: define el concepto que se suma en una columna del informe.
  • Hora Extra Jornalero: Resumen histórico: define el concepto que se suma en una columna del informe.
  • Aguinaldo: Liquidación: necesita identificarlo el proceso de cálculo del IRPF para aplicar las franjas adecuadas, y para topear el Montepío. Informe de Desglose de haberes por tope de Montepío aplicado: se acumula por separado. Resumen histórico: define el concepto que se suma en una columna del informe.
  • Salario vacacional: Liquidación: necesita identificarlo el proceso de cálculo del IRPF para aplicar las franjas adecuadas.
  • Ficto patronal: Liquidación: identifica el Ficto del patrón que se compara contra el ingreso del funcionario de mayor ingreso del mes de cargo.
  • Montepío: Liquidación: identifica al descuento que debe liquidarse del modo Montepío obrero. Diversos informes: por el hecho de integrar un Gurpo de aportes, permite identificar los conceptos que se suman para el Imponible jubilatorio. Resumen histórico: define el concepto que se suma en una columna del informe.
  • IRPF (Impuesto Retribuciones de Personas Físicas): Liquidación: identifica al descuento que debe liquidarse del modo IRPF obrero. Diversos informes: por el hecho de integrar un Grupo de aportes, permite identificar los conceptos que se suman para el Imponible de IRPF.
  • IRNR (Impuesto Retribuciones de No Residentes): Diversos informes: por el hecho de integrar un Grupo de aportes, permite identificar los conceptos que se suman para el Imponible de IRNR.
  • FONASA (Fondo Nacional  de Salud): Liquidación: identifica al descuento que debe liquidarse del modo FONASA obrero. Diversos informes: por el hecho de integrar un Gurpo de aportes, y sólo cuando no existe un concepto de Montepío, permite identificar los conceptos que se suman para el Imponible jubilatorio.
  • Otros: Todos los demás conceptos cuya clase no es ninguna de las anteriores.

Grupo: Se utiliza para agrupar distintos conceptos al emitir informes con el Generador de informes, y en el cálculo de las líneas de los Asientos. Usar este campo facilita la codificación de informes y asientos. Ejemplo en un Informe: si se necesita un informe con totales separados de todos los Conceptos de Jornaleros o Mensuales, se puede cargar este campo con los valores J o M. Ejemplo para un Asiento: si se necesita una línea de asiento que incluya la suma de todos los Conceptos de Salario vacacional se pueden cargar dichos conceptos con el valor V y luego indicar dicho valor en el campo Grupo en la línea del asiento.
Para el uso de los Grupos en los Asientos, se recomienda ver la ayuda del cálculo de líneas de los asientos bajo el titulo "Parámetro".

Cantidad: Lista desplegable con los siguientes valores:

  • Lleva Cantidad
  • Lleva cantidad controlada
  • Lleva Porcentaje
  • No lleva Cantidad

Este dato es usado para controlar el ingreso de transacciones y para el programa de liquidar.

  • Lleva Cantidad: Durante el ingreso de transacciones es obligatorio el ingreso de un valor para los Conceptos sin fórmula en Cálculo cantidad, y opcional para los que tienen una fórmula. Durante la Liquidación el programa usará la Cantidad ingresada si ésta es distinta de cero, y si está en cero usará la resultante de la fórmula.
  • Lleva Cantidad controlada: igual a Lleva Cantidad, pero además, durante la Liquidación compara la eventual cantidad cargada por el usuario en el movimiento, contra la cantidad calculada por la fórmula, y mostrará un Aviso cuando la digitada sea mayor a la calculada. Es útil para marcar Conceptos como el Salario vacacional, y de esa forma evitar que se liquiden mayor cantidad de días que el total que corresponde.
  • Lleva Porcentaje: Es muy parecido a Lleva cantidad, sólo que en este caso se trata de porcentajes sobre 100. La Retención judicial es un buen ejemplo de uso.

Fracción: Lista desplegable con los siguientes valores:

  • Decimal
  • 8 horas
  • 60 minutos

Este dato es usado para facilitar el ingreso de las transacciones. El parámetro "8 horas" es usado para los ingresos de jornales que vienen con fracciones de horas para jornadas de 8 horas, y el de "60 minutos" para el ingreso de horas con fracciones sexagesimales.

Nota: Las Cantidades se deben ingresar al programa de acuerdo a este parámetro. Por ejemplo si se desea cargar una hora y media, y Fraccción dice "60 minutos", se debe cargar "1,30", y si Fracción dice "Decimal" se debe carga "1,50". Luego en Planillas y Recibos es opcional como se verá, pero en los Generadores de informes y en el cálculo de Acumuladores siempre se usarán las cantidades con fracciones decimales.

Admite cantidad 0: Check box para controlar durante el ingreso de movimientos si la cantidad  puede dejarse en cero. Por ejemplo puede ser útil no admitir cantidad 0 en los conceptos de Jornales y así evitar que el usuario omita el ingreso de la Cantidad. Cuando la cantidad se deja en cero en el ingreso de movimientos, GENTE  la calculará automáticamente según la fórmula indicada en el botón "Cálculo cantidad".

Puede ser Fijo: Check box para marcar que el concepto puede cargarse como Fijo. Es para control del ingreso de transacciones pues no se admitirán la carga de datos Fijos cuando este check no lo habilite. El ingreso de transacciones admite que se carguen algunas (como el Sueldo por ejemplo) en modo de Fijas (no se borran al procesar una liquidación). Es común que los Jornales, las Horas extras, y los descuentos comunes no estén marcados.

Admite movimientos colectivos: Permite el ingreso de movimientos colectivos de este concepto. El movimiento colectivo se liquida a los funcionarios:

  • activos
  • eventuales que tengan movimientos variables para la liquidación

y que además cumplen las condiciones indicadas en Se aplica a en la pantalla siguiente.

Descripción modificable: Check box para marcar que la descripción del concepto puede modificarse durante el ingreso de movimientos.

Funcionario subrogado: Indica si el concepto pide número de funcionario subrogado al ingresar un movimiento. La lista desplegable tiene 3 opciones

  • No pide: Al ingresar el movimiento no solicita el ingreso del número del funcionario subrogado
  • Opcional: Permite indicar un número de funcionario subrogado pero puede omitirse.
  • Obligatorio: Es obligatorio ingresar un número de funcionario subrogado.

Gravado en un: En los conceptos de Haber indique el porcentaje por el que están gravados por los descuentos de ley. Los conceptos más comunes como los sueldos, jornales, horas extras, etc., están gravados en un 100%. Los Viáticos generalmente están gravados en un 50%. Los descuentos de ley que gravan al concepto se indican en el grupo de aportes. Si el porcentaje gravado varía según el concepto de descuento, es preferible dejar el porcentaje de esta ventana en 100 e indicar el porcentaje dentro del grupo de aportes.

Grupo aportes: El grupo de aportes es un código que identifica a un conjunto de descuentos de ley. Debe indicarse un grupo de aportes para conceptos gravados. Nota: En el cálculo de conceptos para los acumulados GRA (haberes gravados) y GRM (haberes gravados de todo el mes) se acumularan los conceptos gravados con grupos de aportes del 1 al 5.

Porcentajes de retención (excepto para IRPF y FONASA): Escala de porcentajes de retención por cada franja. Debe indicarse solamente para los descuentos de ley. Para descuentos cuyo porcentaje no varía por franja, como el montepío, se indicará el mismo porcentaje en todas las franjas. Para el IRPF y FONASA los porcentajes no se indican en esta ventana, sino en la Configuración,

Tope imponible: Cuando el concepto sea un Descuento de Ley topeado (como por ejemplo el Montepío y algunos Seguros de salud privados o Cajas de auxilio) en este campo se indicará el código del básico que contiene el importe imponible a partir del cual se aplica el tope. Para el aguinaldo se aplicará la mitad del tope. Este tope se aplica tanto a conceptos de Montepío como a otros descuentos de ley topeados, con las siguientes diferencias:

Caso del montepío: este tope de imponible se aplicará únicamente a los funcionarios que tengan Montepío=Topea montepío (solapa 2 de la tabla de Funcionarios). En el sitio web de BPS este tope figura como TOPES ART. 7º y 8º (Ley 16713) - C.

Caso de descuentos de ley topeados diferentes al montepío: este tope de imponible se aplicará sin importar lo que el funcionario tenga en Montepío (solapa 2 de la tabla de Funcionarios).

Si el concepto no está topeado, dejar este campo en 0.

Tope imponible montepío jubilado AFAP: Cuando el concepto sea Montepío, en este campo se indicará el código del básico que contiene el importe imponible a partir del cual se aplica el tope para los  jubilados por AFAP. Para el aguinaldo se aplicará la mitad del tope. Este tope se aplicará únicamente a los funcionarios que tengan Montepío=Jubilado AFAP (solapa 2 de la tabla de Funcionarios). Este tope es habitualmente igual a la tercera parte del tope de imponible de montepío para los que no son jubilados AFAP, con la diferencia de que el tope para Jubilados AFAP se actualiza en enero mientras que el tope para no jubilados se actualiza en febrero. En el sitio web de BPS el tope para jubilado AFAP figura como TOPES ART. 7º y 8º (Ley 16713) - A.

Este campo no se aplica a conceptos que no sean Montepío. Si el concepto no es Montepío, dejar este campo en 0.

BPC: En los conceptos de descuento de ley (Montepío, FONASA, IRPF, FRL, etc) se debe cargar el código de la tabla de Básicos que corresponde al valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones. En los otros tipos de conceptos (haberes, descuentos, internos) se debe dejar en 0. Las liquidaciones utilizan este valor para determinar las franjas de los descuentos de ley como por ejemplo FONASA, IRPF (dependientes y patrones) y algunas Cajas de auxilio. Debe cargarse en todos los conceptos de descuento de ley, incluso en los que no se liquidan por franjas como Montepío y FRL.

Nota: En caso de que el valor de la BPC cambiara en el transcurso del año. Al correr liquidaciones del mes de cargo diciembre de un año durante el cual varió el valor de la BPC, en los conceptos de IRPF se deberá cambiar el código de este básico por el que corresponde al BPC promedio. Por ejemplo, si durante los meses de enero a junio, el valor de la BPC fue A, y durante los meses de julio a diciembre fue B, para las liquidaciones del mes de diciembre hay que cambiar este código por uno que contenga el valor promedio de A y B.


SOLAPA 2

Moneda: Lista desplegable con los siguientes valores:

  • Nacional
  • Extranjera

Este campo se usa para indicar la moneda de las transacciones que se ingresen a este concepto. Dado que la moneda se indica a nivel del concepto, un concepto acepta transacciones de una única moneda.

Prioridad: Valor numérico para ordenar los movimientos al correr el proceso de Liquidación:

  • Para el cálculo de cantidades e importes: Los movimientos se ordenan por Tipo / Prioridad / Código de concepto. Al ordenar por Tipo quedan primero todos los Internos, luego los Haberes, luego los Descuentos de Ley y por último los restantes Descuentos. Los movimientos del mismo Tipo se ordenan por Prioridad y los de misma Prioridad por el Código del concepto.
  • Para aplicar los descuentos y determinar cuales exceden el líquido: Los movimientos se ordenan por Tipo / Prioridad / Fecha del movimiento / Código de concepto. Al ordenar por Tipo quedan primero todos los Internos, luego los Haberes, luego los Descuentos de Ley y por último los restantes Descuentos. Los movimientos del mismo Tipo se ordenan por Prioridad . Los de misma Prioridad por la Fecha del movimiento (es decir por antigüedad) y los de misma Fecha del movimiento se ordenan por Código del concepto.

El orden clasificatorio es ascendente, por lo tanto la máxima prioridad (se liquida primero) es el 0.

La prioridad puede requerirse en dos ocasiones:

  • cuando algún concepto de Haber se calcule sobre el valor de otros de la misma liquidación (que naturalmente deben liquidarse antes).
  • cuando se deseen rechazar los Descuentos que dejarían el líquido negativo.

Descontar: Lista desplegable con los siguientes valores:

  • Siempre
  • Sólo si alcanza
  • Parcial

Campo para usarse en los Descuentos y cuando se analiza el eventual rechazo de los que dejarían el líquido negativo. En caso de que se codifique "Siempre" el descuento se incluirá aún cuando no hayan haberes suficientes, ignorando la ley 17829 e incluso pudiendo quedar el líquido negativo. Si se codifica "Sólo si alcanza" se descontará totalmente si hay haberes suficientes y no se descontará nada si los haberes no alcanzan. Si se codifica "Parcial" se descontará totalmente si hay haberes suficientes pero si no los hay se descontará un importe equivalente a los haberes que quedaban (en el momento de liquidarse cada transacción) dejando el líquido en cero.

Beneficio social: Check box para marcar los haberes que se consideren Beneficios Sociales y eventualmente los descuentos que pueden descontarse del Beneficio. Los haberes que sean beneficio social no pueden ser afectados por descuentos que no lo sean. Los descuentos que sean beneficio social se descuentan siempre, sin tener en cuenta el parámetro Descontar. Los Beneficios Sociales son haberes que se generan independientemente de la tarea desarrollada, comúnmente se generan por la constitución de la familia (casado, cantidad de hijos, etc.). Muchas veces no son afectados por los descuentos, y en caso de que hayan más descuentos que haberes, el funcionario igual cobra los Beneficios Sociales.

Imprime porcentaje de retención: Check Box para indicar si se desea imprimir el porcentaje de retención (Solapa 1) en los Recibos y Planillas.

Nominal/Líquido: Indica si el importe del movimiento es nominal o líquido. En caso que sea líquido, Gente calculará el importe de nominal correspondiente de modo que luego de aplicarle los descuentos de ley resulte el líquido. Hay 2 modalidades para calcular el nominal a partir del líquido, vea la ayuda de la Configuración por más detalles.

Observación: Se recomienda que los conceptos líquidos queden después de los conceptos nominales gravados en el momento de liquidar, de lo contrario pueden quedar mal calculados. Utilice la prioridad para ordenar los conceptos líquidos después de los conceptos nominales gravados.

Limitación: No podrá incluirse en la misma liquidación aguinaldos y conceptos que se liquiden por el líquido y simultáneamente se acumulen para el aguinaldo. Por el contrario, si el concepto que se liquida por el líquido no se acumula para el aguinaldo, podrá liquidarse junto con aguinaldos.

Importe calculado 0: Lista desplegable con los siguientes valores:

  • Acepta con Aviso
  • Acepta sin Aviso
  • Ignora movimiento

Con este campo es posible variar el comportamiento del programa de liquidación cuando se encuentra con una transacción cuyo resultado es Cero. La opción de "Acepta con Aviso" se codifica para los conceptos que normalmente no deberían generar transacciones en cero (por ejemplo Horas Extras). La opción de "Acepta sin Aviso" se codifica para los conceptos de transacciones que se incluyen sólo para que la cantidad intervenga en el cálculo de otro concepto (no hay ejemplos estándares para este caso). La opción de "Ignora movimiento se codifica para aquellos conceptos que podrían generar muchas transacciones en cero y el usuario no desea que le despliegue un aviso cada vez (por ejemplo premios que los funcionarios tienen cargados Fijos pero pueden haber varios que no reúnan todas las condiciones para que se les liquide).

Acepta reiteración en siguiente liquidación: Check box para indicar si un concepto rechazado en una liquidación puede ser reiterado en la siguiente. Esta opción sólo se aplica a conceptos de tipo Descuento o Descuento de Ley. Para que el concepto sea reiterado en la siguiente liquidación, el “Tipo de Liquidación” usado debe tener marcada la opción Reiterar descuentos rechazados en otra liquidación.

Imprime cantidad en recibos: Check Box para indicar si se desea imprimir la Cantidad de las transacciones en los Recibos y Planillas.

Imprime valor unitario en recibos: Check Box para indicar si se desea imprimir el valor unitario de las transacciones en los Recibos y Planillas.

Incluye en Recibos - Líquido - Especie: Este parámetro determina:

  • si los movimientos de este concepto se incluyen en Recibos y Planillas de liquidación
  • si el importe interviene en el cálculo del líquido
  • si el importe se considera pago en especie

Son válidas las siguientes combinaciones:

  Incluye en recibos, líquido y especie  

1)

Incluye en recibos, líquido no incluye en especie El concepto se incluirá en recibos y planillas, se tendrá en cuenta para calcular el líquido y no se considerará pago en especie. Es el caso de los conceptos de haber o descuento que generan un importe a pagar o descontar. Ejemplos: Sueldo, Horas extras, Montepio.

2)

Incluye en recibos, no incluye en liquido, incluye en especie El concepto se incluirá en recibos y planillas, no se tendrá en cuenta para calcular el líquido y se considerará pago en especie. Es el caso de los pagos en especie. Ejemplo: Tickets alimentación, Vivienda.

3)

No incluye en recibos ni en líquido ni en especie El concepto no se incluirá en recibos ni planillas, no se tendrá en cuenta para calcular el líquido ni se considerará pago en especie. Es el caso de conceptos que no generan directamente un importe a pagar o descontar, sino que se utilizan para ingresar información que se desea almacenar para realizar consultas o para utilizar en el cálculo de otros conceptos. Ejemplo: Dias trabajados, Llegadas tarde.

4)

No incluye en recibos ni en líquido, incluye en especie El concepto no se incluirá en recibos ni planillas, no se tendrá en cuenta para calcular el líquido y se considerará pago en especie. Se utiliza en un caso particular de pago en especie en el cual el sueldo nominal incluye el pago en especie. Ejemplo: Sueldo nominal 10.000 (Si Si No, gravado por todos los aportes), Tickets -2.000 (Si Si No, gravado por todos los aportes), Tickets 2.000 (No No Si, gravado solo por IRPF)

5)

Incluye en recibos, no incluye en líquido ni en especie

El concepto se incluirá en recibos y en planillas, no se tendrá en cuenta para calcular el líquido ni se considerará pago en especie. Se utiliza para imprimir subtotales en el cuerpo del recibo. Ejemplo: Para imprimir el sueldo neto que es igual al total de haberes menos descuentos de ley, se define un concepto de descuento con la descripción Sueldo neto<b> y cuya formula de cálculo es HAB - RET. Mediante la prioridad y el código de concepto se logra que se imprima inmediatamente despues de los descuentos de ley y antes de otros descuentos. La clave <b> en la descripción es para que se imprima en negrita.

 6) No incluye en recibos, incluye en líquido, no incluye en especie

El concepto no se incluirá en recibos y planillas, se tendrá en cuenta para calcular el líquido y no se considerará pago en especie.

Nota: Eventuales incongruencias derivadas del uso de las opciones 2), 5) y 6)

Considerando que la suma de los conceptos incluidos en los recibos, debería corresponderse con el líquido impreso en el mismo y con el importe que se abonará al funcionario, el uso de éstas codificaciones sólo debe hacerse cuando se tenga la certeza de los objetivos y claridad respecto a las consecuencias.


Concepto para pago al beneficiario
:
Concepto de haber con el que se pagará al beneficiario del descuento, por ejemplo al beneficiario de la retención judicial. Este campo se indica en el concepto de descuento y solo cuando se quiere imprimir recibo o hacer transferencia bancaria para pago al beneficiario.

Referencia: Indica si al ingresar un movimiento para este concepto se debe ingresar o no una referencia. Las opciones son:

  • No pide: No se ingresa referencia.
  • Opcional y codificada: El ingreso es opcional, si se ingresa debe existir en la tabla de referencias.
  • Opcional y libre: El ingreso es opcional, se puede indicar referencias que no existan en la tabla de referencias.
  • Obligatoria y codificada: El ingreso es obligatorio y debe existir en la tabla de referencias.
  • Obligatoria y libre: El ingreso es obligatorio y se puede indicar referencias que no existan en la tabla de referencias.

Las referencias pueden ser usadas para adjudicar o relacionar los movimientos con eventos que se pretenden analizar y/o cuantificar. Por ejemplo pueden ser Ordenes de producción u Ordenes de trabajo. Luego, mediante el Generador de informes se pueden obtener informes relacionados con la cantidad de horas e importes liquidados por cada referencia u orden. Para implementar el funcionamiento se requiere cargar este parámetro en todos los conceptos involucrados y si además usará referencias previamente codificadas, deberá cargarlas yendo por Herramientas| Tablas|Referencias.

Apertura por centro de costo: Indica si un concepto debe abrirse por centro de costo. Las opciones son:

  • No: El concepto no se abre por centro de costo. Si en el movimiento viene indicado centro de costo, dicho centro de costo será ignorado.
  • Según cargo: Si el movimiento tiene indicado el centro de costo, el importe liquidado irá a ese centro de costo. Si el movimiento no tiene centro de costo, el importe liquidado se distribuirá entre los Centros de Costo asignados al funcionario.
  • Según liquidación: Si el movimiento tiene indicado el centro de costo, el importe liquidado irá a ese centro de costo. Si el movimiento no tiene centro de costo, el importe liquidado se distribuirá entre los Centros de costo de los movimientos liquidados antes en la misma liquidación. El orden en el que se liquidan los movimientos es: Tipo (haber, descuento de ley, descuento), Prioridad y Código de concepto. Si no hay movimientos liquidados anteriores Gente distribuirá el importe por los Centros de costo asignados al funcionario.
  • Forzado: Si el movimiento tiene indicado el centro de costo, el importe liquidado irá a ese centro de costo. Si el movimiento no tiene centro de costo, el importe liquidado por este concepto irá al centro de costo indicado a continuación.

La información resultante de la apertura por centro de costo se puede utilizar en generador de informes, asientos, recibos y planillas de liquidación.

Para conceptos indicados como Descuentos de ley no se permite la apertura por Centro de costo. Si se marcan Conceptos de descuento, el reporte de Descuentos Rechazados mostrará una linea por cada centro de costo que tenga el funcionario. Se recomienda no usar la apertura por Centro de Costos en los Descuentos.

Nota: Por compatibilidad con versiones anteriores de Gente los Descuentos de ley se abrirán por centro de costo para los funcionarios que tengan un único Centro de costo aunque el concepto no realice apertura por centro de costo.

Ejemplo de apertura según liquidación:

Se liquidan los movimientos siguientes en este orden:

Concepto  Centro de costo Importe

Jornal diurno

1

3000

Jornal diurno

2

2000

Antigüedad

 

1000

Horas extras

1

500

El concepto Antigüedad está configurado con apertura por centro de costo según liquidación. El importe liquidado por Antigüedad se distribuirá entre los centros de costo de los movimientos liquidados antes, generando 2 movimientos de la siguiente manera:

Concepto  Centro de costo Importe

Antigüedad

1

1000 x 3000 / (3000 + 2000) = 600

Antigüedad

2

1000 x 2000 / (3000 + 2000) = 400


SOLAPA 3

Coeficiente convertir a Jornales: Se utiliza en el informe "Resumen histórico" para calcular el valor del jornal y la cantidad de jornales a partir del valor unitario y cantidad indicados en los movimientos de jornales. Ejemplo: Si la cantidad está expresada en horas y el funcionario trabaja 8 horas diarias, deberá indicarse coeficiente = 8, si la cantidad está expresada en días no es necesario indicar un coeficiente.

Sumariza: Indica que los movimientos de este concepto serán sumados al liquidar. Es decir que si hay más de un movimiento, el proceso de liquidación los resumirá en uno solo con cantidad e importe iguales a las sumas de las cantidades e importes de cada uno. Hay dos modalidades de sumarizar:

  • Con fecha: Se sumarán los movimientos que tengan igual Valor unitario, Cargo, Centro de costo, Acumulación laboral, Fecha de movimiento (Fecha mov), Descripción, Referencia y Funcionario subrogado.
  • Sin fecha: Se sumarán los movimientos que tengan igual Valor unitario, Cargo, Centro de costo, Acumulación laboral, Descripción, Referencia y Funcionario subrogado ignorando la Fecha de movimiento (Fecha mov).

Se sumarizan los movimientos variables entre sí, y los movimientos fijos entre sí. La sumarización se hace antes de calcular cantidades e importes. Para los conceptos que no piden cantidad, la sumarización supondrá que cada movimiento tiene cantidad igual a 1.

Nota: No se sumarizarán los conceptos que piden cantidad y tienen fórmula de cálculo de cantidad cuando no se ingrese cantidad en el movimiento, debido a que la sumarización se realiza antes de calcular la cantidad.

Sumarización del IRPF: Si se sumariza el IRPF se generará una sola linea con el importe de IRPF a descontar. Si no se sumariza se detallará el IRPF en varias lineas, como se describe en la ayuda de Herramientas | Configuración | IRPF | Desglose de IRPF.

Observación: No es posible sumarizar movimientos de conceptos con fórmula de cálculo de cantidad y que no tengan la cantidad ingresada en el movimiento, porque al momento de sumarizar no están calculadas las cantidades.

Cantidad para Historia Laboral en: Lista desplegable con los siguientes valores:

  • Meses
  • Horas
  • Días

Si se indica Meses, Horas o Días el concepto se utiliza para calcular la cantidad de dias trabajados en la Declaración Nominada para Historia Laboral. Cuando se indica horas, la cantidad se convierte a días en base a 8 horas (es decir, la cantidad de horas liquidadas/8). Cuando se indica meses, multiplica por 30. A la cantidad se le da el mismo signo que al importe.  Si es Días, se le informa la cantidad exactamente liquidada.

Concepto para Historia Laboral: Es el código de concepto con que deberá informarse a Historia laboral. Lista desplegable con los siguientes valores:

  • No se informa.
  • 1-Monto imponible mensual: Se aplica a los haberes gravados que no sean de aguinaldo. Genera concepto 1 para el importe gravado para BPS y, si no está gravado por IRPF, también genera concepto 8.
  • 1-Monto imponible mensual (ficto patronal): Se aplica a los haberes de patrones que aportan por ficto patronal. Genera únicamente concepto 1.
  • 1-Monto imponible mensual (patrón con remuneración): Se aplica a los haberes de patrones con remuneración. Genera simultáneamente concepto 1 y concepto 5, ambos por el mismo importe.
  • 1-Monto imponible mensual (viático): Se aplica a los viáticos gravados con distinto porcentaje para BPS e IRPF. Si el porcentaje de IRPF es mayor genera concepto 1 por el importe gravado para BPS y concepto 5 por la diferencia entre lo gravado para IRPF y lo gravado para BPS. Si el porcentaje de IRPF es menor genera conceptos 8 en lugar de 5.
  • 11-Rectificación suma monto imponible mensual: Se aplica a los haberes gravados que no sean de aguinaldo y que se suman al generar los archivos de retroactividades para BPS.
  • 21-Rectificación resta monto imponible mensual: Se aplica a los haberes gravados que no sean de aguinaldo y que se restan al generar los archivos de retroactividades para BPS.
  • 2-Aguinaldo: Se aplica a los haberes de aguinaldo. Genera concepto 2.
  • 12-Rectificación suma aguinaldo: Se aplica a los haberes de aguinaldo que se suman al generar los archivos de retroactividades para BPS.
  • 22-Rectificación resta aguinaldo: Se aplica a los haberes de aguinaldo que se restan al generar los archivos de retroactividades para BPS.
  • 3-Otros hechos generadores: Se aplica a los otros hechos generadores que no son los normales del mes. Genera concepto 3.
  • 5-Materia Gravada adicional a efectos de IRPF: Se utiliza cuando el trabajador generó por su actividad partidas no gravadas por seguridad social y si gravadas por el impuesto. A modo de ejemplo: licencia no gozada por egreso, despido que supere mínimo no legal, ticket alimentación y transporte, etc. Genera concepto 5.
  • 15-Rectificación suma materia gravada adicional a efectos de IRPF: Se utiliza cuando el trabajador generó por su actividad partidas no gravadas por seguridad social y si gravadas por el impuesto y se suman al generar los archivos de retroactividades para BPS.
  • 25-Rectificación resta materia gravada adicional a efectos de IRPF: Se utiliza cuando el trabajador generó por su actividad partidas no gravadas por seguridad social y si gravadas por el impuesto y se restan al generar los archivos de retroactividades para BPS.
  • 6-Retroactividades de Materia Gravada a efectos de IRPF: Genera concepto 6.
  • 7-Partidas con aporte patronal jubilatorio: A partir de 01/01/2009 los conceptos que eran informados como concepto 5 deben informarse como concepto 7.
  • 7-Partidas con aporte patronal jubilatorio (ficto menor al real): Se aplica a los haberes de las partidas en especie por el valor real, se usa para el caso que el importe del ficto de las partidas en especie es menor al valor real, para Historia Laboral se debe informar este importe real en 7 y en 8.

    Ejemplo: Se paga un ticket de comedor con un importe real de $59 que lleva aporte patronal jubilatorio gradual y con un importe ficto de $22 que está gravado por IRPF. Para ello se deben liquidar dos movimientos de haber que no se incluyen en el líquido, uno que se informe para Historia Laboral como concepto 7-Partidas con aporte patronal jubilatorio gradual (ficto menor a real) por el cual se informará el monto real $59 y otro que se informe para Historia Laboral como 8-Partidas exclusivas CESS con el importe ficto $22.
  • 7-Partidas con aporte patronal jubilatorio (ficto mayor a real): Se aplica a los haberes de las partidas en especie por el valor real, se usa para el caso que el importe del ficto de las partidas en especie es mayor al valor real, para historia laboral se debe informar este importe real en 7 y restarse del 5.
  • 17-Rectificación suma partida con aporte patronal jubilatorio: Genera concepto 17
  • 27-Rectificación resta partida con aporte patronal jubilatiorio: Genera concepto 27.
  • 8-Partidas exclusivas CESS: Genera concepto 8.

Nota: Cuando se liquidan Conceptos 1 que no están gravados con IRPF, Gente los suma automáticamente en el Concepto 8 de Historia Laboral, por lo tanto en esos casos no es necesario definir conceptos de liquidación que se codifiquen como Concepto 8 para Historia Laboral.

  • 18-Rectificación suma partidas exclusivas CESS: Genera concepto 18.
  • 28-Rectificación resta partidas exclusivas CESS: Genera concepto 28.
  • 9-Comp. laudo partidas con aporte patronal jub: Genera concepto 9.
  • 41-Salario vacacional: Se aplica al Salario vacacional a partir del 01/07/2015. Nota: Se informará como Concepto 5-Materia Gravada adicional a efectos de IRPF en liquidaciones anteriores al 01/07/2015.
  • 141-Rectificación suma salario vacacional: Se aplica al Salario vacacional y que se suman al generar los archivos de retroactividades para BPS.
  • 241-Rectificación resta salario vacacional: Se aplica al Salario vacacional y que se restan al generar los archivos de retroactividades para BPS.
  • 43-Retroactividad salario vacacional: Se aplica a la retroactividad del salario vacacional a partir del 01/07/2015. Nota: Se informará como Concepto 6-Retroactividad de Materia Gravada adicional a efectos de IRPF en liquidaciones anteriores al 01/07/2015.
  • 42-Retroactividad aguinaldo: Se aplica a la retroactividad del aguinaldo a partir del 01/10/2015 segun comunicado del BPS 18/2015.
  • 142-Suma retroactividad aguinaldo: Se aplica a la retoractividad de los haberes de aguinaldo que se suman al generar los archivos de retroactividades para BPS.
  • 242-Resta retroactividad aguinaldo: Se aplica a la retoractividad de los haberes de aguinaldo que se restan al generar los archivos de retroactividades para BPS.
  • 143-Suma retroactividad salario vacacional: Se aplica a la Retroactividad del salario vacacional y que se suman al generar los archivos de retroactividades para BPS.
  • 243-Resta retroactividad salario vacacional: Se aplica a la Retroactividad del salario vacacional y que se restan al generar los archivos de retroactividades para BPS.

Concepto para FOCER: Es el código de concepto con que deberá informarse a Focer. Lista desplegable con los siguientes valores:

  • No se informa
  • Imp. Mensual – Haberes del Mes
  • Imp. Mensual – Otros Haberes del Mes
  • Imp. Mensual – Tickets 
  • Aguinaldo
  • Aguinaldo – Tickets
  • Dif. Laudo
  • Dif. Laudo – Tickets
  • Licencia
  • Licencia – Tickets
  • Adicional
  • Adicional – Tickets

Código de partida para Caja Bancaria: Es el código con el cual se informa el concepto a la Caja Bancaria.

Tabla de CODIGO DE PARTIDAS

Código

Descripción

PARTIDAS GENERADAS EN EL MES

1

Sueldo

2

Aportes a cargo institución

3

Horas Extra

4

Mayor Horario

5

Casa Habitación en especie

6

Viáticos al 50% (en el país)

7

Gastos de representación

8

Comisiones

9

Subrogación o interinato.

10

Quinquenios

11

Horario Nocturno

12

Compensación servicios informáticos/tareas especializadas

13

Compensación por destino

14

Compensación estudios capacitación empleados)

15

Viáticos al 25% (exterior del país)

17

Prima por antigüedad

18

Compensación por Feriados

19

Anticipo a cuenta de presupuesto (B.Oficial), laudos o convenios (B.Priv)

31

CEANF

32

Gastos del hogar.

35

Compensación por alimentación

36

Viático especial Bca. Oficial 100%

39

Partida Becario al 100%

41

Viático al 100% instituciones privadas

42

Reestructura Banca Oficial

43

Adicional por cambio de semana.

55

Casa Habitación en dinero.

57

Prima por presentismo

PARTIDAS PERIODICAS NO MENSUALES
(debe especificarse el período en c/caso)

20

Salario Vacacional BHU

21

Distribución de utilidades

22

Habilitaciones

23

Gratificaciones especiales o  extraordinarias

24

Eficiencia operativa

25

Utilidad de estímulo pecuniario

26

Economías presupuestales

28

Horas extra por licencia

37

Complemento por maternidad

38

Complemento por enfermedad

40

Gastos de estudio hijos de empleados.

201

Salario Vacacional (sin aporte)

235

Ticket Alimentación (sin aporte)

AGUINALDOS

51

Sueldo anual complementario  nstituciones privadas

52

Retribución extraordinaria (Banca Oficial).

53

Complemento voluntario de SAC

54

14º Sueldo Banca Oficial.

56

Retribución extraordinaria por viáticos al exterior (Banca Oficial).

RETROACTIVIDADES (especificar período) Al código normal de la partida se agrega el dígito “1” en la columna de las centenas. Ej: código 101: retroactividad de sueldos.

RETROACTIVIDADES NEGATIVAS (especificar período) Al código normal de la partida se agrega el dígito “5” en la columna de las centenas. Ej: código 501: retroactividad  negativa de sueldos
CONSIGNACIONES Al código normal de la partida se agrega el dígito 6 en la columna de las centenas. Ej: 603: Hora extra en consignación.
CONTRATADOS (todos) Al código normal de la partida se agrega el dígito 7 en la columna de las centenas. Ej: código 701: Sueldo de contratado.

Nota

  • Retroactividades. No es necesario crear conceptos de Retroactividad. Al generar retroactividades y cuando el código tenga un valor de 1 a 99, el programa cargará automáticamente un 1 o 5 en las centenas según corresponda por el signo de los importes liquidados. 
  • Consignaciones. Los conceptos para liquidar Consignaciones deben ser conceptos exclusivos a esos efectos, y cargarse tal como pide la Caja con un 6 en la centena. 
  • Contratados. No es necesario crear conceptos de Contratados. Al generar la nómina de los contratados y cuando el código tenga un valor de 1 a 99, el programa cargará automáticamente un 7 en las centenas. 

Partidas periódicas no mensuales: En los conceptos que se informa un período a Caja Bancaria se deberá especificar en el ingreso de movimientos fecha desde y fecha hasta correspondiente a dicho período.

Ley 17829-19536 (líquido mínimo): Determina el comportamiento del Concepto con respecto al artículo 3º de la ley 17829 y el artículo único de la ley 19536, que establecen el líquido mínimo a percibir como un % que se aplica al lìquido resultante de restar los haberes menos los descuentos de Ley. La ley 19536 establece un cronograma incremental del % del liquido a percibir, este se encuentra en Herramientas | Confirguración | Ley 19536.

  • Calcula líquido mínimo: Suma todos los conceptos marcados de ésta forma a los efectos de determinar el liquido mínimo que el funcionario debe cobrar. Normalmente deben marcarse con esta opción los haberes nominales y los descuentos de ley (Montepío, IRPF, FONASA, FRL, etc.).
  • Controla líquido escala: Controla que no quede el líquido por debajo del mínimo. Los movimientos de este tipo que dejarán el líquido por debajo del mínimo, serán rechazados. Para determinar la inclusión o eventual rechazo, el programa compará el líquido resultante de aplicar los movimientos de estos conceptos, contra el mínimo determinado por la escala (Herramientas | Configuración | Ley 19536).  El concepto controla la aplicación del mismo sobre el importe del líquido en función de los porcentajes en las Escalas de la solapa Ley 19536 de configuración. Normalmente se marcarán con esta opción todos los descuentos que no sean Vales o Adelantos ni los que corresponde controlar por el 30% (ver opción Controla líquido 30%).
  • Controla líquido 30%: También controla que no quede el líquido por debajo del mínimo, pero se usa para los descuentos previstos en el literal A) y G) del Artículo 1º de la Ley 17829. Normalmente se marcarán con esta opción los Créditos de nómina, garantías de alquiler, y actos cooperativos, permitiendo los descuentos hasta llegar al 30% del líquido y sin depender de la fecha de liquidación.
    Si al realizar el control del líquido el programa llega al importe líquido mínimo y quedan descuentos sin aplicar, se utilizará el parámetro “Descontar” para determinar si el concepto debe descontarse total, parcialmente, o rechazarlo. Si en “Descontar” se selecciona “Siempre”, el control del líquido mínimo no se realiza, aplicando el total del descuento.
  • No se aplica: El concepto no se considera para calcular el límite del líquido, ni se toma en cuenta para controlar el líquido. Esta opción se aplica por ejemplo en los Vales o Adelantos de efectivo dados al funcionario por la empresa. 

Nota Rechazo de descuentos: Los descuentos se procesan en el orden de la Prioridad. Si al realizar el control del líquido, éste queda por debajo del valor admitido por ésta Ley, se utilizará el parámetro “Descontar” para determinar si el concepto debe descontarse total, parcialmente, o rechazarlo. Si en “Descontar” se selecciona “Siempre”, el control del líquido mínimo no se realiza, aplicando el total del descuento.

Control de exceso del 20% no gravado: Este campo se usa para determinar como intervienen los distintos conceptos en la determinación del exceso.

  • No incide: Se usa para marcar los conceptos que no intervienen en este control.
  • Materia gravada: Se usa para los conceptos que el BPS llama Materia gravada.
  • Suma exenta: Se usa para los conceptos de alimentación, prestaciones médicas, seguros, transporte, etc., que de acuerdo al criterio del BPS estén exentos.

Durante el proceso de Liquidación el programa controlará que la suma de lo liquidado por los conceptos “Suma exenta” no exceda el 20% de los conceptos “Materia gravada”. En caso de que exceda, emitirá un aviso para que el usuario resuelva en consecuencia. El programa no modificará el imponible gravado automáticamente, sólo emitirá el aviso.

Deducción IRPF: Indica si el concepto es una deducción al IRPF. Las opciones son:

  • Aporte Personal al BPS. Ejemplo: Montepío, FONASA, FRL.
  • Cajas de Auxilio: Aporte a Cajas de Auxilio. En agosto 2016 sólo se usa para la industria tabacalera.
  • Deducción calculada: Se utiliza para las deducciones que se aplican descontando directamente al IRPF primario, a las mismas no se les aplicará la tabla de deducciones.
  • Ap. Jub. Fondos Complementarios: Aportes Jubilatorios a las Sociedades Administradoras de Fondos Complementarios de Previsión Social. En agosto 2016 sólo lo usan algunas instituciones del Estado (Cámara de representates, OSE, etc.)


SOLAPA 4

Acumula cantidad para: Permite indicar si la cantidad liquidada por este concepto se acumula para calcular :

    • cantidad de días de licencia gozados y cantidad que falta gozar
    • cantidad de días de licencia a liquidar (total, liquidados y que falta liquidar)
    • cantidad de días de licencia en el Plan de licencias

multiplicada por y dividida por: Estos coeficientes sirven para convertir la cantidad a días antes de ser acumulada. Si no se indica multiplicador ni divisor, la cantidad no se acumula. Si se indica 99, se usará como multiplicador o divisor la cantidad de Horas de trabajo diarias de la solapa Ingreso del Cargo del funcionario. Para restar la cantidad del acumulador se debe indicar un multiplicador o un divisor negativo.

Un caso particular es cuando los movimientos tiene la cantidad en cero, caso en el cual se toman como si la cantidad fuera 1.

En caso de que el tipo de liquidación por el cual se liquidó el movimiento, tenga chequeado Ignorar Acumula cantidad para días trabajados/de licencia gozada/liquidada, no se acumulará. Este parámetro es útil para definir tipos de liquidación (generalmente complementarias) en los que se deseen usar los mismos conceptos, pero que no haya consecuencias sobre los días de licencia ni trabajados.

Días trabajados: En este acumulador se debe acumular los días efectivamente trabajados. Se usa para calcular los días de licencia a liquidar con la fórmula:

(días a gozar) x (días trabajados) / (días que trabaja anualmente)

Ejemplos:

Concepto

Cantidad en Multiplicador Divisor
Sueldo Meses 30
Días faltados Días -1
Jornales Horas 8
Jornales Días 1
Jornal feriado no laborable Días 1

Observación: Si no se acumulan las faltas, la cantidad de días a liquidar coincide con la cantidad a gozar.

Días faltados para plan de licencias: Marcar esta opción si el concepto se debe considerar falta, licencia sin sueldo o suspensión para el cálculo de días del Plan de licencias. (Nota: este parámetro fue discontinuado en la versión 1017).

Días de licencia gozada: Acumulador de días de licencia gozada. Se debe acumular la cantidad del concepto por el cual se liquidan los días de licencia gozados.

Días de licencia liquidada: Acumulador de días de licencia liquidada. Se debe acumular la cantidad del concepto por el cual se liquidan los días de licencia a liquidar.

Anota en legajo: Esta opción se usa para anotar novedades en el legajo del funcionario. Se genera una línea de Legajo por cada línea liquidada, cuyo concepto esté codificado para anotar. Puede usarse para anotar las liquidaciones de Licencias, Salarios Vacacionales, Días trabajados, Faltas, Egresos, y cualquier otro tipo de Concepto que el usuario tenga interés en consultar luego en el Legajo.

Código de anotación: Código de anotación en el legajo.

Forma: Forma de realizar la anotación en el legajo del funcionario. Las formas son fijas y hasta la fecha existen las siguientes:

    • Forma 1:

Fecha Fecha de la liquidación.
Anotación Se carga con el texto que se haya ingresado en Texto para recibo/legajo si ese campo está vacío se carga con la descripción del concepto, y en el caso de que la descripción sea modificable cargará la que el usuario agregó en el ingreso de movimientos.
Valor Cantidad del movimiento liquidado.

    • Forma 2:

Fecha

Fecha de la liquidación.

Anotación

Se carga con el texto que se haya ingresado en Texto para recibo/legajo si ese campo está vacío se carga con la descripción del concepto, y en el caso de que la descripción sea modificable cargará la que el usuario agregó en el ingreso de movimientos.

Valor

Cantidad del movimiento con el signo invertido

    • Forma 3:

Fecha Fecha del movimiento. Si no tiene ingresada fecha de movimiento se grabará la fecha de la liquidación.
Anotación Se carga con el texto que se haya ingresado en Texto para recibo/legajo si ese campo está vacío se carga con la descripción del concepto, y en el caso de que la descripción sea modificable cargará la que el usuario agregó en el ingreso de movimientos.
Valor Cantidad del movimiento liquidado.

    • Forma 4:

Fecha

Fecha del movimiento. Si no tiene ingresada fecha de movimiento se grabará la fecha de la liquidación.

Anotación

Se carga con el texto que se haya ingresado en Texto para recibo/legajo si ese campo está vacío se carga con la descripción del concepto, y en el caso de que la descripción sea modificable cargará la que el usuario agregó en el ingreso de movimientos.

Valor

Cantidad del movimiento con el signo invertido

NotaSe genera una anotación por cada concepto, descripción del concepto y fecha de movimiento diferentes. La única forma de que las descripciones sean diferentes para un mismo concepto es que el concepto tenga descripción modificable y se ingresen diferentes descripciones en los movimientos. Ejemplos:

  • Un funcionario faltó 3 días y se le ingresaron 3 movimientos de falta cada uno con la fecha que faltó. Se generarán 3 anotaciones en el legajo porque los movimientos tienen fechas diferentes.
  • Mismo caso que el punto anterior, pero las fechas de los movimientos se dejan en blanco. Se generará una sola anotación en el legajo con cantidad = 3 porque los movimientos tienen la misma fecha (suponiendo además que el concepto no tiene descripción modificable por lo cual las descripciones de los conceptos son iguales).
  • Un movimiento de licencia que se abre automáticamente por diferentes centros de costo generará una sola anotación en el legajo, porque los movimientos generados por la apertura tienen misma fecha y descripción del concepto.

Período de licencia:

Imprime en recibo: Indica si el texto indicado en Texto para recibo/legajo se imprime en el recibo del funcionario.

Controla días hábiles que exceden el mes corriente: Controla que la cantidad cargada por el usuario, o calculada automáticamente por el programa, que se liquida en los movimientos de este concepto no exceda la cantidad de días hábiles que restan hasta fin de mes. Cuando la cantidad exceda la cantidad de días hábiles que restan del mes, el programa:

  • avisará de la situación al terminar la liquidación,
  • liquidará solamente la cantidad de días hábiles que restan del mes,
  • al confirmar la liquidación generará automáticamente otro movimiento por la cantidad que resulte en exceso. El movimiento generado tendrá fecha de movimiento y fecha desde iguales al primer día hábil del mes siguiente, mismos tipo de liquidación, concepto, valor unitario, centro de costo, cargo y acumulación laboral que el movimiento liquidado. El usuario deberá liquidar los movimientos generados con fecha de cargo del mes siguiente.

Para determinar los días hábiles se usa el Calendario de Feriados indicado en el cargo del funcionario. El cálculo de los días parte desde la fecha del movimiento o si no la tiene, desde la fecha de la liquidación. La fecha que se debe indicar es la del primer día en que se goza la licencia, si por ejemplo se trata de un empleado que trabaja de lunes a viernes, y se va de licencia un viernes, en la Fecha del movimiento o de la liquidación se debe cargar la fecha del lunes próximo (o el próximo día hábil si el lunes fuera feriado).

Consideraciones adicionales:

  • Cuando una Liquidación "avise" que se generarán nuevos movimientos por el exceso de días hábiles en el mes en curso, se deberá proceder a la Confirmación de la misma y a correr una nueva liquidación del mismo Tipo para que se liquiden los movimientos generados por Cantidad excedida. La segunda liquidación necesariamente deberá hacerse para una fecha de cargo del mes siguiente. 
  • La eventual Anulación de la primera liquidación no produce ningún inconveniente. Pero dado que el proceso de Confirmación genera los movimientos de exceso, una eventual Eliminación de liquidación confirmada, no eliminará los movimientos referidos, y por lo tanto en caso de volver a correrse, volverá a generar los movimientos con cantidad en exceso.

Texto para recibo/legajo: Texto para la anotación en el legajo y/o la impresión en el recibo. En el caso del concepto de licencia puede incluir las fechas desde y hasta que el funcionario tomará de licencia mediante palabras clave que serán sustituidas por los valores correspondientes. Las palabras claves son:

  • Fdesde: Fecha de comienzo de la licencia sin día de la semana, ejemplo 2 de junio. Se toma de la fecha del movimiento o si no la tiene, desde la fecha de la liquidación.
  • Semanafdesde: Idem Fdesde pero con día de la semana, ejemplo lunes 2 de junio.
  • Fhasta: Fecha del último día de la licencia sin día de la semana, ejemplo 14 de junio. Para calcularla se suman los días en Cantidad (del movimiento) a la fecha de comienzo, sin tomar en cuenta los Feriados de la tabla del cargo del funcionario.
  • Semanafhasta: Idem Fhasta pero con día de la semana, ejemplo sábado 14 de junio.

Las palabras claves deben escribirse exactamente respetando las mayúsculas y las minúsculas.

Ejemplo: El texto Licencia reglamentaria del Semanafdesde al Semanafhasta generará el texto: Licencia reglamentaria del lunes 2 de junio al sábado 14 de junio.  

Ayuda para el ingreso de movimientos: Lugar para que los usuarios carguen la ayuda particular de cada concepto (como y cuando es pertinente el uso del mismo, y cualquier otro comentario que crean necesario recordar). Esta ayuda se muestra en pantalla durante el ingreso de movimientos. Ejemplo: "La cantidad para este concepto debe expresarse en horas y minutos. Si se desea indicar 8 horas y media se debe ingresar 8,30.

Observación: Para indicar un nuevo renglón al ingresar la Ayuda para el ingreso de movimientos se debe presionar Shift+Enter, pues si presiona solamente Enter confirmará la información ingresada hasta el momento en el concepto.


SOLAPA 5

Información técnica: Lugar para cargar información técnica acerca del concepto. Es de utilidad para los técnicos de SAICO.

Acciones

  • Cálculo cantidad: Abre la ventana para cargar la fórmula de cálculo de la cantidad, cuando ésta no se ingrese en el movimiento.
  • Cálculo importe: Abre la ventana para cargar la fórmula de cálculo del importe unitario, cuando éste no se ingrese en el movimiento.
  • Expande: Abre la ventana para cargar los conceptos en que este concepto se expande.